La normativa de velocidad en España está diseñada para garantizar la seguridad vial, reducir accidentes y proteger tanto a conductores como a peatones. Si tienes dudas sobre los límites de velocidad en vías urbanas, autopistas o cómo aplican a diferentes tipos de vehículos como furgonetas, en Fiderent te lo explicamos de forma clara.
Normativa de velocidad
Los límites de velocidad en España están regulados por el Reglamento General de Circulación, que establece las velocidades máximas y mínimas según el tipo de vía y vehículo. Es fundamental conocer estas normativas para evitar sanciones y, sobre todo, garantizar una conducción segura.
Velocidades mínimas y máximas
Tipo de vía | Velocidad mínima | Velocidad máxima |
Vías urbanas | No especificada | 20-50 km/h |
Autopistas y autovías | 60 km/h | 120 km/h (turismos y motos) |
Carreteras convencionales | 50-70 km/h (según vía y vehículo) | 90 km/h (turismos y motos) |
Carriles bici | No especificada | 20 km/h |
Límite de velocidad en vías urbanas
Desde mayo de 2021, los límites de velocidad en vías urbanas han cambiado significativamente para adaptarse a las necesidades de seguridad y convivencia en las ciudades:
20 km/h: En vías de un solo carril por sentido y sin separación física entre calzada y acera.
30 km/h: En vías de un solo carril por sentido.
50 km/h: En vías de dos o más carriles por sentido.
Velocidad mínima: No se especifica un límite mínimo, pero debe ser adecuada para no entorpecer la circulación.
Límite de velocidad en vías interurbanas
Velocidad en Autopistas y autovías
Velocidad máxima:
120 km/h para turismos y motocicletas.
100 km/h para autobuses, vehículos con remolque y autocaravanas de más de 3.500 kg.
90 km/h para furgonetas y camiones.
Velocidad mínima:
60 km/h para todos los vehículos autorizados a circular en estas vías, salvo condiciones adversas.
Velocidad en Carreteras convencionales
Velocidad máxima:
90 km/h para turismos y motocicletas.
80 km/h para autobuses, camiones, furgonetas y vehículos con remolque.
En tramos con arcén inferior a 1,5 metros o sin separación física, la velocidad máxima puede reducirse a 70 km/h.
Velocidad mínima:
Se establece como la mitad de la velocidad máxima permitida para cada tipo de vehículo, salvo que las condiciones del tráfico o del entorno lo impidan.
Velocidad máxima para furgonetas en autovías
Las furgonetas tienen limitaciones específicas en las vías rápidas:
Autovías y autopistas: Máximo 90 km/h.
Carreteras convencionales con arcén de al menos 1,5 metros: Máximo 80 km/h.
Resto de vías interurbanas: Máximo 70 km/h.
Estas restricciones buscan equilibrar las características de estos vehículos con la seguridad vial, ya que suelen ser más pesados y con mayor carga que los turismos.
Velocidades en carriles específicos
Carriles bici y zonas compartidas
Velocidad máxima:
20 km/h en carriles bici urbanos.
En zonas compartidas con peatones, la velocidad debe ser adecuada para garantizar la seguridad de los peatones, aunque no se establece un máximo fijo.
Multas por límites de velocidad
No respetar los límites de velocidad en España puede llevar a sanciones económicas, pérdida de puntos en el carnet de conducir e incluso penas de cárcel en casos graves. Estas son algunas de las sanciones más comunes:
Exceso leve: Multas desde 100 € sin pérdida de puntos.
Exceso grave: Multas de hasta 600 € y pérdida de 2 a 6 puntos.
Conducción temeraria: Puede implicar penas de cárcel y la retirada del permiso de conducir.
Cumplir con la normativa de velocidad en España es esencial para una conducción segura y responsable. Ya sea que circules por una autopista, una vía urbana o un carril bici, conocer los límites específicos para tu tipo de vehículo te ayudará a evitar sanciones y a contribuir a una movilidad más segura para todos.
Si necesitas más información sobre cómo afectan estas normativas a tu vehículo o ruta, no dudes en consultarlo con las autoridades locales o en las páginas oficiales de la Dirección General de Tráfico (DGT). ¡Conducir informado es conducir seguro!
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